PARA INVERTIR EN BIENES INMUEBLES DEBEMOS CONOCER EL
MARCO LEGAL DE LOS PERITAJES Y AVALÚOS DE BIENES.
Usted debe saber antes de cualquier inversión en
bienes inmuebles, cual es la tendencia del urbanismo local, regional y
nacional, para que su propiedad equilibre su depreciación y el desarrollo de inversión,
para ello debe tener un juicio de valor, un avalúo y el plan de desarrollo de
territorial en cada región y en especial en su ciudad, es decir hacia dónde va
el desarrollo de su localidad. Por ello debe por lo menos saber las normas que
orientan el desarrollo urbano. En Colombia, tenemos:
LEY 9 DE
1989, enero 11, por la cual se dictan normas
sobre planes de desarrollo municipal, compraventa y expropiación de bienes y se
dictan otras disposiciones. Del Congreso de Colombia.
LEY 388 DE 1997.- Todo lo
relacionado con las políticas de Planes de Ordenamiento Territorial (POT) y los
derechos sobre los suelos y sus usos.
Decreto 1420 de 1998- Por el cual se reglamentan
parcialmente el artículo 37 de la Ley 9ª de 1989, el artículo 27 del Decreto
Ley 2150 de 1995, los artículos 56, 61, 62, 67, 75, 76, 77, 80, 82, 84, y 87 de
la Ley 388 de 1997 y, el artículo 11 del Decreto Ley 151 de 1998, que hacen
referencia al tema de avalúos EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En
ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las que
le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el
artículo 61 de la Ley 388 de 1997 DECRETA: Capítulo primero Disposiciones
generales Artículo 1.- Las disposiciones contenidas en el presente decreto
tienen por objeto señalar las normas, procedimientos, parámetros y criterios
para la elaboración de los avalúos por los cuales se determinará el valor
comercial de los bienes inmuebles, para la ejecución de los siguientes eventos,
Adquisición de inmuebles por enajenación forzosa. 2. Adquisición de
inmuebles por enajenación voluntaria. 3. Adquisición de inmuebles a través del
proceso de expropiación por vía judicial. 4. Adquisición de inmuebles a través
del proceso de expropiación por vía administrativa. 5. Determinación del efecto
de plusvalía. Determinación del monto de la compensación en tratamientos de
conservación. 7. Pago de la participación en plusvalía por transferencia de una
porción del predio objeto de la misma. 8. Determinación de la compensación por
afectación por obra pública en los términos que señala el artículo 37 de la Ley
9ª de 1989.
RESOLUCIÓN
620 DE 2008, Septiembre 23. Expedido por el INSTITUTO
GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI SEDE CENTRAL, Por la cual se establecen los
procedimientos para los avalúos ordenados dentro del marco de la Ley 388 de
1997, el Director General del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi",
en uso de las facultades legales y en especial de las que le confieren los
estatutos aprobados por el Decreto 2113 de 1992, el Decreto 208 de 2004 y el
Decreto 1420 de 1998, CONSIDERANDO: Que
es de suma importancia tener procedimientos unificados, claros y actualizados
para que las personas que se encarguen de realizar los avalúos especiales
puedan contar con un marco único para su ejecución, contiene los
métodos de avalúos: Método de comparación o de mercado, de capitalización de
rentas o ingresos, de costo de reposición, técnica residual. Clasificación del suelo. - Identificación
física y legal del predio. Avalúos de bienes sometidos al régimen de Propiedad
Horizontal. Procedimiento en caso de solicitudes de vivienda de Interés Social
(VIS) y solución de la controversia de los avalúos.
LEY 1673
DE 2013, Julio 19, Reglamentada
por el Decreto Nacional 556 de 2014. Aclarado por el decreto 222 del
2014. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN: La presente ley tiene
como objeto regular y establecer responsabilidades y competencias de
los avaluadores en Colombia para prevenir riesgos sociales de
inequidad, injusticia, ineficiencia, restricción del acceso a la propiedad,
falta de transparencia y posible engaño a compradores y vendedores o al Estado.
Igualmente la presente ley propende por el reconocimiento general de la
actividad de los avaluadores. La valuación de bienes debidamente realizada
fomenta la transparencia y equidad entre las personas y entre estas y el Estado
colombiano. Los avaluadores tienen competencia en el ámbito nacional.
CLASES DE AVALÚOS: De
miembro, de afiliado y corporativo.
DECRETO 466 DEL 2000- Tabla
para cobrar los honorarios de avalúos por metro cuadrado, por monto de avalúo o
por ley de desarrollo territorial o expropiación en salarios mínimos. Difiere
del particular extraprocesal al judicial, es decir dentro de un proceso en la
Justicia Ordinaria.
PONENTE:
JOSÉ ASUNCIÓN SILVA CASTILLO
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