jueves, 21 de junio de 2018

SISTEMA NACIONAL DE CONCILIACIONES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

PROCESOS Y TRÁMITE A SEGUIR Y AUTORIDADES

Todos los conflictos que surgan entre el Estado y particulares, particulares y particulares, personas jurídicas o naturales, son susceptibles de conciliación, sus efectos y el acta final, equivalen a una sentencia de un juez de la República.

FUNDAMENTO JURÍDICO: Que las partes tengan la voluntad de conciliar y las facultades para decidir sobre los derechos en conflicto.

En el evento de conflicto entre el Estado y particulares, LA AUTORIDAD ES LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN ante quien se concilia, es totalmente gratuita.

En los conflictos de relación laboral cuando es entre particulares, la AUTORIDAD SON LOS INSPECTORES DE POLICÍA, también son gratuitas.

En los conflictos entre particulares que sean de DERECHO DE FAMILIA, las autoridades SON LAS COMISARIAS DE FAMILIA Y INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR.

En todos los casos de conflictos entre particulares incluyendo los de familia, las autoridades son LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN DE LAS CASAS DE JUSTICIA, INSPECTORES DE POLICÍA, JUECES DE PAZ, CENTROS DE CONCILIACIÓN DE LAS UNIVERSIDADES Y LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN PRIVADOS ( COMO ES EL CASO DEL NUESTRO AL QUE YO PERTENEZCO CENTRO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE FUNDECOL EN CALI).

Por mi experiencia personal en casi 20 años, aconsejo siempre buscar este mecanismo, realmente, reduce costos, tiempo, relaciones personales y familiares, realmente, un proceso ante un juez no garantiza el resultado, en ocasiones es más dispendioso y desgasta.

GRACIAS POR SUS COMENTARIOS ESTAREMOS ATENTOS A SUS CONSULTAS.

BENDICIONES Y DIOS QUIERA QUE CADA CONFLICTO SE ASUMA CON RESPONSABILIDAD.

JOSÉ ASUNCIÓN SILVA CASTILLO
Abogado Conciliador
Cel. 3004600390
avaluosilva@gmail.com


1 comentario:

  1. A quienes preguntaron ante la Fiscalía General de la Nación, hay determinados delitos, que también son conciliables y se tramitan ante la misma Fiscalía.

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